Desde esta página podra consultar la información necesaria para solicitar la licencia de armas tipo C (armas para vigilancia y guardería).
Información general
Pruebas a realizar para concesión
Normativa de regulación de las pruebas
Concesión y vigencia de las licencias
Solicitudes y documentación
Si posee firma digital puede realizar el trámite de solicitud de la licencia de armas tipo C vía telemática, en la Sede Electrónica de la Guardia Civil.
La licencia de armas tipo C ampara las armas de fuego de las categorías 1ª, 2ª.1 y 3ª.2.
Esta licencia está reservada a los vigilantes de seguridad y escoltas privados de las empresas de seguridad, a los vigilantes de explosivos y a los guardas particulares de campo.
Nadie podrá poseer más de una licencia tipo C. Podrán autorizar un arma de las categorías citadas anteriormente, según el servicio a prestar. En los casos en que las respectivas regulaciones permitan la posesión o utilización de un arma corta y un arma larga para vigilancia y guardería, ambas serán amparadas por la misma licencia.
La posesión de cada una de las armas se documentará mediante la correspondiente guía de pertenencia expedida a nombre de las empresas, entidades y organismos propietarios.
Cuando no sean objeto de utilización, las armas deberán ser custodiadas en locales de las empresas o entidades que reúnan las adecuadas condiciones de seguridad, debidamente autorizados por la Guardia Civil.
Tendrán lugar con la periodicidad que requieran las circunstancias, al menos una vez al mes, siempre que existan solicitudes de aspirantes en la Comandancia de la Guardia Civil que convoca las pruebas.
Los aspirantes deberán acreditar su condición de vigilante de seguridad o asimilado. Las empresas, entidades y organismos en que presten sus servicios serán los encargados de facilitarles de facilitarles las armas y municiones necesarias para su formación y examen de obtención de la licencia.
Los exámenes contarán de tres pruebas eliminatorias:
Son concedidas por el Director General de la Guardia Civil y tendrán validez exclusivamente durante el tiempo de prestación del servicio de seguridad determinante de su concesión y carecerán de validez cuando sus titulares se encuentren fuera de servicio.
La vigencia de las licencias estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas.
En las licencias de armas tipo C se debe actualizar la fotografía del documento cada 5 años.
En el momento del cese en el cargo o función, temporal o definitivamente, al titular de la licencia tipo C le será retirada por el superior jerárquico, entidad, empresa u organismo en el que presta o ha prestado servicios, y será entregada en la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
Las solicitudes de la licencia de armas tipo C se presentarán, a través de la empresa u organismo, en las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil correspondientes al domicilio del interesado.
La instancia de solicitud de la licencia de armas tipo C se ajustará al modelo establecido, pulse aquí para descargarla.
Con la solicitud el interesado aportará los siguientes documentos:
En el caso de solicitar la licencia tipo C por primera vez, también deberá aportar: