En esta sección podrá obtener información sobre los guardias civiles que garantizan la seguridad de nuestras costas y fronteras y contribuyen a prevenir el contrabando y otros tráficos ilícitos. En concreto sobre la creación y antecedentes, la misión general y los cometidos fundamentales, la organización y estructura, así como el despliegue territorial del Servicio de Costas y de Fronteras, y del Servicio Fiscal.
La lucha contra el contrabando venía siendo desempeñada por el Real Cuerpo de Carabineros de Costas y Fronteras, creado en 1829, y más tarde denominado Carabineros de Hacienda., hasta su integración en la Guardia Civil en 1940. A partir de esta fecha sus competencias fueron asumidas plenamente por la Benemérita.
La incorporación de España a la Unión Europea y al Espacio Schengen supuso la supresión de las fronteras interiores de la Unión y el reforzamiento de las exteriores, y representó un hito en la misión del Servicio de Costas y Fronteras de la Guardia Civil.
En este sentido, la Orden Ministerial de Presidencia del Gobierno del 29 de octubre de 2001 crea la Jefatura Fiscal y de Fronteras ante la necesidad de contar con un órgano coordinador de los diferentes Servicios de la Guardia Civil encargados de combatir el narcotráfico, el contrabando, el fraude del IVA y la inmigración irregular. Encuadrado en esta Jefatura se crea, por la misma Orden, el Servicio de Costas y Fronteras.
Las unidades de vigilancia de Costas y Fronteras constituyen la primera línea de defensa frente al tráfico de drogas y mercancías ilícitas, el contrabando y las redes internacionales de tráfico de personas y de sustancias ilegales. Complementan este despliegue las Unidades de puertos y aeropuertos.
El órgano central del Servicio de Costas y Fronteras, que coordina todos estos servicios, constituye el punto de contacto de la Guardia Civil con los organismos nacionales e internacionales relacionados con sus cometidos.
El Servicio de Costas y Fronteras cuenta con Órgano Central dependiente de la Jefatura Fiscal y de Fronteras de la Guardia Civil y con las Unidades siguientes:
Mediante la Ley de 15 de marzo de 1940, el Cuerpo de Carabineros se fusionó con el de la Guardia Civil, asumiendo éste las funciones de resguardo fiscal del Estado a aquél encomendadas, para lo que se creó en la Guardia Civil una “Sección de Especialistas”.
Esta primera Sección dio origen al Servicio Fiscal, encargado de desempeñar dichas funciones, que ha ido evolucionando en su estructura, dependencia y funcionamiento para adaptarse a la normativa vigente en cada momento.
Actualmente la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en su artículo 12, establece que la Guardia Civil ejercerá las competencias relativas al resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando. Esta competencia genérica de la Guardia Civil se desarrolla en la Orden Ministerial de Presidencia del Gobierno del 29 de octubre de 2001, en la que el Servicio Fiscal aparece como la Unidad responsable de llevar a cabo estas misiones.
Por otro lado, la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea y al Espacio Schengen lleva consigo la supresión de las fronteras interiores y el reforzamiento de las exteriores y, por tanto, la necesaria reorganización de la estructura del Servicio Fiscal de la Guardia Civil, que se llevo a cabo en el año 1994.
La misión general comprende:
La Jefatura del Servicio Fiscal se estructura funcionalmente en las siguientes áreas:
El despliegue territorial del Servicio Fiscal de la Guardia Civil está integrado por: