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Trámites

Fecha de creación: 22/12/23 - Fecha de modificación: 30/09/20
Instructor tiro

Denominación del procedimiento: 111531 - Pruebas para la obtención de la habilitación como Instructor de Tiro del personal de Seguridad Privada.

Desde esta página usted podrá consultar toda la información necesaria para obtener la habilitación de Instructor de Tiro del personal de Seguridad Privada.

La solicitud se realizará a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil y es necesario acreditar su identidad mediante alguno de los sistemas de identificación de cl@ve. Adicionalmente, puede necesitar firmar su solicitud empleando un “certificado electrónico”.

 

Descripción del procedimiento


Una vez al año, mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado, se convocan las pruebas selectivas para la obtención de la habilitación de instructores de tiro de personal de seguridad privada. El periodo de admisión de instancias abarca veinte días del mes de enero de cada año, el cual se indica en la correspondiente convocatoria. Para cumplimentar la solicitud deberán consultar la Resolución publicada en el BOE al efecto, la cual se encontrará disponible cada año en esta web antes del inicio del periodo de admisión de instancias

La convocatoria de las pruebas se realiza de conformidad con lo establecido en :


Las pruebas se regirán por las resoluciones y orden citadas anteriormente y por las bases de la convocatoria específica y serán gestionadas a través del Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil.

Estas pruebas se realizan para comprobar que los aspirantes poseen los conocimientos y la capacidad necesaria para la instrucción y dirección de los ejercicios de tiro del personal de Seguridad Privada.

La superación de estas pruebas habilitará para ejercer las funciones de dirección e instrucción en las prácticas y el perfeccionamiento en el manejo de las armas del personal de Seguridad Privada durante los ejercicios de tiro tanto de entrenamiento como de calificación.

El examen para la obtención de la habilitación constará de dos pruebas:

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Descripción de las pruebas


Prueba de conocimientos teóricos

Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de sesenta preguntas tipo test ajustada al programa de materias que se acompaña como apéndice en la convocatoria específica.

Este ejercicio se calificará a razón de un (1) punto por respuesta acertada. Para superarlo y ser declarado «apto» en la misma, el aspirante deberá obtener como mínimo la mitad de los puntos posibles. Teniendo en cuenta que las respuestas mal contestadas puntúan negativamente. 

Prueba de aptitud práctica

Esta prueba constará de dos partes:

Primera parte

Consistirá en el desmontaje y posterior montaje de las armas que figuran en la Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de Seguridad Privada.

Esta prueba se ajustará a lo que disponga el Tribunal calificador durante el desarrollo de las mismas; calificándose en su conjunto como apto o no apto, determinándose que cualquier fallo de seguridad o falta manifiesta de pericia en el manejo de las armas será motivo de eliminación.

Segunda parte

El aspirante mediante la realización de un sorteo previo ejercerá la dirección simulada de un ejercicio de tiro de entre los que figuran en la Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada.


Esta prueba se ajustará a lo que disponga el Tribunal calificador durante el desarrollo de las mismas; calificándose en su conjunto como apto o no apto.


En esta segunda parte serán valoradas las siguientes directrices:

Superación de las pruebas

Para superar la totalidad de las pruebas de aptitud es necesario obtener la calificación de apto tanto en la prueba de conocimientos teóricos como en cada una de las partes de la prueba de aptitud práctica, no pudiendo realizar un ejercicio sin haber superado los anteriores.

La superación de estas pruebas habilitará para el ejercicio de las funciones de director-instructor de tiro del personal de Seguridad Privada, previa expedición de la acreditación correspondiente en el expediente que se instruya a instancia de los propios interesados.

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Convocatorias en trámite

 

Convocatorias en trámite, pulse aquí para acceder

 

Requisitos


Para poder concurrir a la citada convocatoria de pruebas selectivas los solicitantes deberán de cumplir con los siguientes requisitos:

Tales requisitos deberán ser acreditados por los solicitantes que deseen tomar parte en las pruebas que se convocan.

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Instancia de solicitud  y documentación

Documentación exigida

Con la solicitud para tomar parte en las pruebas de selección, los aspirantes remitirán la siguiente documentación, a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil (https://sede.guardiacivil.gob.es/procedimientos/index/categoria/1079):

Traducción y vigencia de la documentación

Los documentos acreditativos de los requisitos exigidos deberán ser acompañados de la traducción autenticada al castellano, si estuvieran redactados en otros idiomas.

Los españoles y los aspirantes extranjeros deberán tener la documentación de identidad o tarjeta de residencia en vigor. La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva consigo la autorización del admitido a las pruebas para que el Servicio de Protección y Seguridad solicite de oficio del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, la comprobación o verificación de la identidad aportada.

El día de la prueba de aptitud práctica, presentarán al Tribunal, la siguiente documentación:

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Normativa reguladora del procedimiento


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