Escala de Oficiales

La incorporación a la escala de Oficiales de la Guardia Civil supondrá, la atribución del empleo de teniente y la obtención del título oficial de Grado Universitario correspondiente a las enseñanzas recibidas, que surtirá los efectos previstos en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y serán expedidos de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

 

Ingreso por acceso directo 

El número de plazas, los requisitos y las pruebas para el ingreso por el sistema de acceso directo a la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de oficiales de la Guardia Civil se regirán por lo establecido en su normativa específica para el personal de las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales de las Fuerzas Armadas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 33.1 y 40.2 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.

 

Sin titulación universitaria previa

 

Sistema selectivo

Concurso oposición.

 

Nivel de estudios requeridos

Prueba de acceso a la universidad (PAU) establecida en el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con anterioridad a su modificación por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
 
Evaluación final de Bachillerato (EBAU) regulada por el artículo 36 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con atención a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 dediciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013.

 

Edad

Tener cumplidos, o cumplir, los dieciocho (18) años de edad y no cumplir ni haber cumplido veintiún (21) años de edad en el año de la convocatoria.

 

Planes de estudios

Cinco cursos académicos, cursándose los dos primeros cursos en la Academia General Militar del Ejército de Tierra (Zaragoza) y en el Centro Universitario de la Defensa en ella ubicado.
 
Por ello, el número de plazas, los requisitos y pruebas para el ingreso y el régimen de los alumnos, se regirá por las normas establecidas para las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales de las Fuerzas Armadas.

Los últimos tres cursos se imparten en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil (Aranjuez) y en el Centro Universitario de la Guardia Civil allí ubicado.

El currículo de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil por acceso directo sin titulación universitaria previa integra en el plan de estudios de la formación militar y de cuerpo de seguridad con el plan de estudios correspondiente a la titulación de Grado en Ingeniería de la Seguridad.

 

Con titulación universitaria previa

 

Sistema selectivo

Concurso oposición.

 

Nivel de estudios requeridos

Las titulaciones universitarias oficiales exigibles serán las que se establezcan en la convocatoria correspondiente de entre las que figuran en el anexo III de la Orden PCM/286/2023, de 23 de marzo,  o vinculadas con ellas, que se hallen inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, teniendo en cuenta las exigencias técnicas y profesionales del Cuerpo de la Guardia Civil, en el número de plazas que se determine con sus ramas de conocimiento y titulaciones universitarias específicas en la oferta de empleo público.

 

Edad

 Tener cumplidos, o cumplir, los dieciocho (18) años de edad y no cumplir ni haber cumplido veintisiete (27) años de edad en el año de la convocatoria.

 

Planes de estudios

Tendrá una duración total de dos cursos académicos.
 
La formación se impartirá en la Academia General Militar del Ejército de Tierra durante un periodo del primer curso y en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, con el Centro Universitario de la Guardia Civil, en el resto de periodos del currículo.
 

Ingreso por el sistema de promoción profesional

Sistema selectivo

Concurso oposición

 

Nivel de estudios requeridos

  • Modalidad de promoción interna: Haber superado un número de créditos ECTS de la titulación de Grado que se determine de forma conjunta por los Ministros de Defensa y del Interior, no pudiendo exigirse, en este caso, un número superior a 180 créditos ECTS. De estos créditos formarán parte las enseñanzas cursadas en la Guardia Civil y la experiencia profesional, en ambos casos, con el alcance que se determine.
  • Modalidad de cambio de escala: Las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, de Grado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, así como los títulos oficiales de máster o doctor que se determine de manera conjunta por parte de los Ministros de Defensa y del Interior, teniendo en cuenta las exigencias técnicas y profesionales del Cuerpo de la Guardia Civil.
 

 

Edad

No tener cumplida ni cumplir, dentro del año en que se publiquen las correspondientes convocatorias, la edad de 51 años.

 

Plan de estudios

Dos cursos académicos en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil de Aranjuez.

El currículo de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil por promoción profesional en su modalidad de promoción interna comprende el plan de estudios de la formación militar y de cuerpo de seguridad y el plan de estudios correspondiente a la titulación de Grado en Gestión de Seguridad Pública.

La enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales por promoción profesional, modalidad de cambio de escala, comprende el plan de estudios correspondiente a la formación militar y de cuerpo de seguridad que completa a la previamente exigida para el ingreso, y teniendo en cuenta las titulaciones y requisitos que sean de aplicación.

 

Sistema de ascensos dentro de la Escala de Oficiales

  • De Teniente a Capitán por antigüedad.
  • De Capitán a Comandante y de Comandante a Teniente Coronel, por clasificación.
  • Los ascensos a los empleos de la categoría de Oficiales Generales y a Coronel se efectuarán por elección.

 

 Pase a la situación de reserva

  • Tenientes Generales: 
    • Al cumplir 10 años de permanencia en empleos de la categoría de Oficial General.
  • Generales de División: 
    • Al cumplir 7 años de permanencia entre los empleos de General de Brigada y General de División.
  • Generales de Brigada: 
    • Al cumplir 4 años de permanencia en el empleo.
  • Restantes empleos: 61 años. 

Al cumplir los 65 años se pasa a retiro por edad excepto el Teniente General Director Adjunto Operativo de la Guardia Civil, que permanecerá en la situación de activo mientras ostente dicho cargo, pasando, en el momento de su cese, a la situación de reserva o a retiro, según proceda.